Investigación Manejo de Albergues Temporales con Enfoque de Género, Ciudad Universitaria G.R.

INTRODUCCIÓN

Ante la ocurrencia de un desastre, después de la emisión de las alertas correspondientes, y a continuación del establecimiento de un grado de afectación de proporciones que excedan la capacidad de respuesta, el Alcalde Municipal (de cada municipio afectado), hará la declaratoria de emergencia, solicitando ayuda de acuerdo con las necesidades reportadas por el equipo de Evaluación de Daños.

Por lo que podrá el Presidente de la República, de acuerdo con la cantidad de localidades y municipios afectados, decretar una emergencia departamental, nacional o incluso internacional (COPECO/MITIGAR, 2014); para lo cual podrá activar la estructura organizativa propuesta en la Ley del SINAGER.

Partiendo de los diagnósticos y esfuerzos comunitarios, se puede elaborar un plan de emergencia, en el que estén plenamente identificados los sitios, en los que ante un evento de emergencia se  pueden emplear, tomando en cuenta varios factores, incluidos, la zona de influencia y capacidad (población a albergar).

Dentro de un enfoque de acciones reactivas en la Gestión de Riesgos de Desastres, podría considerarse que la conformación de un albergue temporal, obedece a una de las acciones de respuesta únicamente; no obstante, debido a este ciclo de procesos y a la dinámica de las fases correlacionadas, podemos inferir que este proceso debe comenzar con antelación, desde la preparación, con la recopilación de la información experimental y documental de los eventos anteriores, el mapeo de los lugares utilizados (incluyendo tipo de instalación, estadísticas, reporte de funcionamiento, incidentes reportados en acta de cierre, etc.),el mapeo de actores claves y evaluación de su efectividad en la ejecución de sus roles, la capacidad de respuesta local a nivel nacional, asimismo la adecuación primaria de las instalaciones y capacidad de la instalación.