Por Elin Josué Rodríguez, Presencia Universitaria
Expertos juristas de países centroamericanos analizaron la imposibilidad del cumplimiento contractual entre las empresas privadas y sus trabajadores durante la pandemia COVID-19, ya que muchas empresas se han declarado en quiebra y otras han suspendido operaciones de manera temporal.
Una de las expertas fue Bessy Nazar, decana de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), quien fue invitada al webinar “Conversatorio centroamericano: Contratación privada en tiempos de pandemia”, organizado por Signature Regional Law Group, firma de asesoría legal empresarial con sede principal en Panamá, donde compartió el panel virtual con juristas de Costa Rica, Guatemala y Panamá.
La funcionaria de la Máxima Casa de Estudios dijo que la pandemia ha llevado a la crisis a muchas empresas y estas han quebrado, por lo tanto, las mismas deben seguir los pasos que dicta el mecanismo del Código de Comercio y el Código Civil para declararse en quiebra “por una fuerza mayor de una imposibilidad sobrevenida”, que en este caso sería la COVID-19.
“Las empresas tienen grandes bancarrotas sin precedentes, pérdida de millones de puestos de trabajo a nivel mundial, y Centroamérica no es la excepción. La confianza en la sostenibilidad de la economía, así como las normas e instituciones que la sustentan, se pone a prueba como nunca antes”, referenció Nazar.
La académica argumentó que los juristas deben reflexionar sobre el papel de las empresas y cómo estas van a cumplir su responsabilidad de respetar los derechos humanos como factor fundamental. Asimismo, expresó que debe diseñarse un desarrollo de procesos que permitan reparar todas las consecuencias negativas laborales en el marco de la pandemia.
Obligaciones
En cuanto a las obligaciones tanto empresariales como contractuales, Nazar dijo que deberán ser tratadas en el marco de las disposiciones de esas situaciones de quiebra cuando sea este el caso; si el caso no fuese quiebra, sino una crisis temporal que tienen que mitigar a través de algunas medidas como la suspensión de los contratos laborales que se ha dado en el país, estas deben solicitarse consensuadamente con la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social.
Con lo referente a las deudas, como prestaciones laborales y otras obligaciones que la ley establece, la decana de la FCJ sostuvo que cuando no existe capacidad de pago del deudor (empresa) tiene que haber una espera de sus acreedores (empleados despedidos).
Si la empresa tiene bienes muebles e inmuebles u otro tipo de capacidad de respuesta, estos deberán considerarse dentro del marco del pago “es bien complejo, se deberá analizar cada caso concreto… porque las empresas tienen una justificación que es este momento de fuerza mayor o imposibilidad que se ha sobrevenido y tiene que tenerse también a consideración las normas que nos dictan los derechos humanos para todos estos casos”, enfatizó Nazar.
En cuanto a las acciones de los trabajadores que fueron o serán objeto de despido, la académica recomendó abocarse a la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social para establecer la cuantificación de los derechos que tienen en virtud de sus derechos sociales, antigüedad y otros que la misma ley otorga.
De la misma manera, “pueden acudir al Consultorio Jurídico Gratuito de la UNAH, el cual está ofreciendo asesoría legal gratuita en línea donde procuradores les orientarán”, recomendó la funcionaria.
Al finalizar, Nazar dijo que en estos procesos, es muy importante el enfoque de derechos humanos en cuanto a la utilización de métodos alternativos a la resolución de conflictos como la mediación y la conciliación para el bien de todas las partes interesadas, de la misma manera, enfatizó que el Estado debe garantizar, proteger y tutelar los derechos de la población laboral.
El evento fue dirigido por Eduardo Leblanc Jr. senior de la firma Signature Regional Law Group, quien sostuvo que la pandemia en materia de derecho ha venido a ser como una especie de laboratorio práctico.
Antecedentes en Honduras
En días anteriores, el Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales (IIES) demostró mediante encuesta, a más de 1,330 empresas, que el seis por ciento de las mismas declararon cierre de manera permanente y el 38 por ciento cerraron temporalmente.
De la misma manera, sostiene que existe un porcentaje del 25 por ciento de empleados suspendidos, mientras que 4.36 por ciento han sido despedidos.
Comentarios